Ir al contenido
Gracias por visitar el sitio Web de First Coast Service Options. Este sitio Web es exclusivamente para que los proveedores de Medicare y profesionales del cuidado de la salud encuentren noticias recientes de Medicare y la información que afecta a la comunidad del proveedor.
Para poder presentarle un contenido personalizado enfocado en su área de interés, por favor seleccione sus preferencias a continuación:
Seleccione lo que mejor lo describe:
Seleccione su localización:
Seleccione su línea de negocio:

Al hacer clic en Continuar a continuación, acepta lo siguiente:

LICENCIA DE USO DE "CURRENT PROCEDURAL TERMINOLOGY DE MÉDICOS" (CPT), CUARTA EDICIÓN
Acuerdo de Usuario Final/Señalar y Hacer Clic: los códigos CPT, las descripciones y otros datos solo están protegidos por los derechos de autor de 2022 de la American Medical Association (AMA). Todos los derechos reservados (y otra fecha de publicación de CPT). CPT es una marca registrada de la AMA.

Usted, sus empleados y agentes están autorizados a utilizar CPT solamente como figura en los siguientes materiales autorizados:

Determinaciones de Cobertura Local (LCDs),

Políticas de Revisión Médica Local (LMRPs),

Boletines/Hojas Informativas,

Memorandos del Programa e Instrucciones de Facturación,

Políticas de Cobertura y Codificación,

Boletines e Información de Integridad del Programa,

Materiales Educacionales/de Capacitación,

Correos especiales,

Tarifas Fijas;

internamente dentro de su organización dentro de los Estados Unidos para su propio uso, el de sus empleados y agentes. El uso está limitado al uso en Medicare, Medicaid u otros programas administrados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS), anteriormente conocido como Administración de Financiamiento de Cuidado de la Salud (HCFA, Health Care Financing Administration). Usted acepta tomar todas las medidas necesarias para asegurarse que sus empleados y agentes cumplan con los términos de este acuerdo. Cualquier uso no autorizado en este documento está prohibido, incluyendo a manera de ilustración y no a manera de limitación, haciendo copias de CPT para la reventa y/o licencia, transfiriendo copias de CPT a cualquier parte que no esté atada por este acuerdo, creando cualquier trabajo modificado o derivado de CPT, o hacer cualquier uso comercial de CPT. La licencia para utilizar CPT para cualquier uso no autorizado aquí debe obtenerse a través de la AMA, CPT Intellectual Property Services, 515 N. State Street, Chicago, IL 60610. Las aplicaciones están disponibles (en inglés) en el sitio web de AMA. Las restricciones aplicables de FARS/DFARS se aplican al uso del gobierno.

Aviso Legal de Garantías y Responsabilidades de la AMA

CPT se proporciona "tal cual" sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad e idoneidad para un fin determinado. No se incluyen tarifas fijas, unidades básicas, valores relativos o listados relacionados en CPT. La AMA no ejerce la medicina de forma directa o indirecta ni administra servicios médicos. La responsabilidad por el contenido de este archivo/producto es con CMS y no está respaldado o implícito por parte de la AMA. La AMA no se hace responsable de las consecuencias o responsabilidades atribuibles o relacionadas con el uso, el no uso o la interpretación de la información contenida o no en este archivo/producto. Este acuerdo se dará por terminado con un aviso si usted viola sus términos. La AMA es una tercera parte beneficiaria de este acuerdo.

Aviso Legal de CMS

El alcance de esta licencia está determinado por la AMA, el titular de los derechos de autor. Cualquier pregunta relacionada con la licencia o el uso de CPT debe dirigirse a la AMA. Los usuarios finales no actúan en nombre o representación de CMS. CMS NIEGA LA RESPONSABILIDAD POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD ATRIBUIBLE AL USUARIO FINAL DEL USO DE CPT. CMS NO SERÁ RESPONSABLE POR NINGUNA DEMANDA ATRIBUIBLE A CUALQUIER ERROR, OMISIÓN U OTRAS INEXACTITUDES EN LA INFORMACIÓN O MATERIAL CONTENIDO EN ESTA PÁGINA. En ningún caso, CMS será responsable por daños directos, indirectos, especiales, incidentales o consecuentes que surjan del uso de tal información o material.

AMA – Derechos del Gobierno de los EE.UU.

Este producto incluye CPT, que es información técnica comercial y/o bases de datos informáticas y/o software informático comercial y/o documentación de software comercial, según corresponda, desarrollada exclusivamente a costo privado por la American Medical Association, 515 North State Street, Chicago, Illinois, 60610. Los derechos del gobierno de EE. UU. para utilizar, modificar, reproducir, publicar, presentar, exhibir o divulgar esta información técnica y/o bases de datos informáticas y/o software informático y/o documentación de software informático están sujetos a restricciones de derechos limitadas de DFARS 252.227-7015 (b) (2) (junio de 1995) y/o sujeto a las restricciones de DFARS 227.7202-1 (a) (junio de 1995) y DFARS 227.7202-3 (a) (junio de 1995), según corresponda para las adquisiciones del Departamento de Defensa de EE.UU. y restricciones de derechos limitadas de FAR 52.227-14 (junio de 1987) y/o sujeto a las disposiciones de derechos restringidos de FAR 52.227-14 (junio de 1987) y FAR 52.227-19 (junio de 1987), según corresponda, y cualquier agencia aplicable de suplementos de FAR, para adquisiciones no realizadas por el Departamento Federal.

CURRENT DENTAL TERMINOLOGY, (CDT) de ADA

Acuerdo de Usuario Final/Señalar y Hacer Clic: Estos materiales contienen Current Dental Terminology (CDTTM), Copyright © 2022 American Dental Association (ADA). Todos los derechos reservados. CDT es una marca registrada de ADA.

LA LICENCIA CONCEDIDA EN ESTE ACUERDO ESTÁ EXPRESAMENTE CONDICIONADA AL ACEPTAR TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTENIDOS EN ESTE ACUERDO. AL HACER CLIC EN EL BOTÓN ETIQUETADO "ACEPTAR", USTED RECONOCE QUE HA LEÍDO, COMPRENDIDO Y ACEPTADO TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN ESTE ACUERDO.

SI NO ESTÁ DE ACUERDO CON TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS AQUÍ, HAGA CLIC EN EL BOTÓN ETIQUETADO "DECLINAR" Y SALGA DE ESTA PANTALLA DEL ORDENADOR.

SI USTED ACTÚA EN NOMBRE DE UNA ORGANIZACIÓN, DECLARA QUE ESTÁ AUTORIZADO PARA ACTUAR EN NOMBRE DE DICHA ORGANIZACIÓN Y QUE SU ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO CREA UNA OBLIGACIÓN LEGALMENTE IMPONIBLE DE LA ORGANIZACIÓN. SEGÚN SE UTILIZA AQUÍ, "USTED" Y "SU" SE REFIEREN A USTED Y A CUALQUIER ORGANIZACIÓN EN NOMBRE DE LA QUE ACTúA.

Sujeto a los términos y condiciones contenidos en este Acuerdo, usted, sus empleados y agentes están autorizados a utilizar CDT solamente según se contiene en los siguientes materiales autorizados y expresamente para uso interno por usted mismo, sus empleados y agentes dentro de su organización dentro de los Estados Unidos y sus territorios. El uso de CDT está limitado a uso en programas administrados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). Usted está de acuerdo en tomar todos los pasos necesarios para asegurar que sus empleados o agentes se atengan a los términos de este acuerdo. Usted reconoce que la ADA tiene todos los derechos de autor, marcas y otros derechos en CDT. Usted no eliminará, alterará, u ocultará ninguna notificación de derechos de autor de ADA u otras notificaciones de derechos de propiedad incluidas en los materiales.

Cualquier uso no autorizado en este documento está prohibido, incluyendo a manera de ilustración y no a manera de limitación, haciendo copias de CDT para la reventa y/o licencia, transfiriendo copias de CDT a cualquier parte que no esté atada por este acuerdo, creando algún trabajo modificado o derivado de CDT, o haciendo uso comercial de CDT. La licencia para utilizar CDT para cualquier uso no autorizado aquí debe ser obtenido a través del American Dental Association, 211 East Chicago Avenue, Chicago, IL 60611. Las aplicaciones están disponibles (en inglés) en el sitio web de ADA

Cláusulas Aplicables de Regulación de Adquisición Federal (FARS)\Departamento de restricciones aplica a uso Gubernamental.

AVISO LEGAL DE GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES DE LA ADA: CPT se proporciona "tal cual" sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad e idoneidad para un fin determinado. No se incluyen tarifas fijas, unidades básicas, valores relativos o listados relacionados en CDT. La ADA no ejerce la medicina de forma directa o indirecta ni administra servicios dentales. La total responsabilidad del software, incluyendo cualquier CDT y otro contenido incluido en el mismo, es con (incluya el nombre de la entidad aplicable) o con CMS; y ningún endorso por la ADA es intencionado o implicado. La ADA no se hace responsable de las consecuencias o responsabilidades atribuibles o relacionadas con el uso, el no uso o la interpretación de la información contenida o no en este archivo/producto. Este acuerdo se dará por terminado con un aviso si usted viola sus términos. La ADA es una tercera parte beneficiaria de este acuerdo.

AVISO LEGAL DE CMS: El alcance de esta licencia está determinado por la ADA, el propietario de los derechos de autor. Cualquier pregunta relacionada a la licencia de uso del CDT debe ser presentada a la ADA. Los usuarios finales no actúan para o en representación de CMS. CMS NIEGA RESPONSABILIDAD POR CUALQUIER OBLIGACIÓN ATRIBUIBLE AL USO DEL CDT POR EL USUARIO FINAL. CMS NO SERÁ RESPONSABLE POR CUALQUIER RECLAMACIÓN ATRIBUIBLE A CUALQUIER ERROR, OMISIÓN,O CUALQUIER OTRA INEXACTITUD EN LA INFORMACIÓN O MATERIAL CUBIERTO POR ESTA LICENCIA. En ningún evento será CMS responsable por daños directos, indirectos, especiales, incidentales, o consecuentes que surjan fuera del uso de tal información o material.

El propósito de este sitio Web es proporcionar información y noticias sobre el programa de Medicare solamente para los profesionales de la salud. Todas las comunicaciones y los temas relacionados con sus beneficios de Medicare son manejados directamente por Medicare y no a través de este sitio Web. Para una experiencia más completa, le recomendamos que visite Medicare.gov o llame al 1-800-MEDICARE. En caso que su proveedor no presente su reclamación de Medicare consulte estos recursos para recibir asistencia con la misma.
Únase eNews       In English
Tamaño de texto:
YouTube LinkedIn Email Imprima
Enviar un enlace a esta página
[Múltiples direcciones de email deben estar separadas por punto y coma.]
Last Modified: 10/3/2024 Location: FL, PR, USVI Business: Part B
Comentrios de autorización previa
Recuerde incluir el UTN en sus reclamaciones correspondientes

Programa de autorización previa para transportes en ambulancia repetitivos y programados que no sean de emergencia

Trasfondo

CMS comenzó a operar el programa de autorización previa (PA) de transporte en ambulancia repetitivo y programado que no sea de emergencia (RSNAT) en estados limitados en 2014 bajo la autoridad de la Ley del Seguro Social. En los años subsiguientes, la Ley de Reautorización de CHIP y Acceso a Medicare de 2015, requirió que el modelo se expandiese a todos los estados si tal expansión cumplía con ciertos criterios descritos en la Ley. El modelo ha cumplido con todos los criterios a nivel nacional y CMS ha recibido la aprobación final para ampliar el modelo a nivel nacional. En abril de 2022, este programa se implementará para proveedores en la jurisdicción de First Coast:
A partir del 18 de marzo de 2022, CMS autorizará previamente ciertos transportes en ambulancia repetitivos y programados que no sean de emergencia para fechas de servicio en o después del 1 de abril de 2022 en Florida, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE. UU.
Al enviar una hoja de portada completa y la documentación requerida, un proveedor puede recibir una autorización previa provisional para hasta 40 viajes de ida y vuelta (80 transportes de ida) en un período de 60 días.

Servicios aplicables, beneficiarios, suplidores

Un servicio de ambulancia repetitivo se define como un transporte en ambulancia médicamente necesario que se brinda tres o más veces durante un período de 10 días, o al menos una vez por semana durante al menos 3 semanas (viajes de ida y vuelta).
El modelo incluye los siguientes códigos del HCPCS:
A0426 - Servicio de ambulancia, soporte vital avanzado, transporte que no es de emergencia, nivel 1 (ALS1)
A0428 - Servicio de ambulancia, soporte vital básico (BLS), transporte que no es de emergencia
El código A0425 del HCPCS se considera un servicio asociado y no recibirá autorización previa.
Aviso: Los proveedores de ambulancias bajo revisión por parte de un contratista de integridad del programa unificado (UPIC) no son elegibles para presentar solicitudes de autorización previa (PAR).

Presentaciones

La autorización previa (PAR) idealmente debería ser solicitada antes de la prestación del servicio de transporte. La PAR debe incluir toda la documentación necesaria para demostrar que el servicio cumple con las normas aplicables de cobertura, codificación y pago de Medicare. 
Aviso: Este formulario está disponible para su envío a través de nuestro portal seguro de Internet SPOT. Si no tiene una cuenta SPOT, aprenda cómo inscribirse.
La autorización previa es voluntaria, sin embargo, si el proveedor de ambulancia elige obviar la autorización previa, First Coast detendrá una reclamación aplicable para revisión de prepago si se presenta sin una decisión de solicitud de autorización previa.

Solicitudes aceleradas

Si el plazo normal pone en peligro la vida o la salud del beneficiario, puede presentar una solicitud acelerada. Sin embargo, si la documentación médica no respalda un proceso acelerado, la solicitud estará sujeta al plazo normal.
Use la hoja de portada por fax/correo de solicitud de autorización previa para ambulancia repetitiva que no sea de emergencia de la Parte B de Medicare
Tipo de solicitud: Acelerar
Si seleccionó "Acelerar", explique por qué el plazo normal pone en peligro la vida o la salud del beneficiario. La documentación médica también debe respaldar la necesidad de una revisión acelerada.
Complete todos los demás campos obligatorios del formulario.
First Coast hará todos los esfuerzos razonables para comunicar una decisión dentro de los dos días hábiles posteriores a la recepción de una solicitud acelerada aceptada.
Aviso: A partir del 9 de enero de 2025, CMS eliminará la solicitud de revisión acelerada. Vea la Petición de cambio (CR) 13711 PDF externo (en inglés) para obtener los detalles completos acerca de este cambio.

Períodos de afirmación ampliados para beneficiarios con afecciones crónicas

Los MAC ahora pueden permitir hasta 240 viajes de ida en un período de 180 días por solicitud de autorización previa para beneficiarios con afecciones crónicas que se considera poco probable que cambien con el tiempo y que cumplan con todos los requisitos de Medicare para el transporte repetitivo en ambulancia que no es de emergencia. Los registros médicos deben indicar claramente que la afección es crónica. Además, dos solicitudes previas de autorización deben haber establecido que la condición médica del beneficiario no ha cambiado o se ha deteriorado con respecto a las solicitudes anteriores antes de que los MAC puedan permitir un período de afirmación ampliado.
La decisión de permitir un período de afirmación ampliado queda a discreción del MAC. Los suplidores de ambulancias no pueden solicitar transportes más allá del máximo actual de 80 transportes por período de 60 días.
Los suplidores de ambulancias son responsables de mantener siempre una declaración de certificación médica (PCS) válida.
Los MAC se reservan el derecho de solicitar las PCS en cualquier momento.
Cada vez que un paciente sea transportado en ambulancia, dicho transporte debe ser razonable y necesario, independientemente de que se requiera una nueva autorización previa.

Consejos de presentación de reclamaciones

Recordatorio: Los UTNs se requieren en reclamaciones correspondientesconozca más

Enlaces rápidos

Información general

Pregunta
Respuesta
QUIÉN
Los suplidores de servicios de ambulancia que facturan a la Parte B de Medicare pueden recibir autorización previa provisional en JN (Florida, Puerto Rico e Islas Vírgenes de EE. UU.)
QUÉ
Los suplidores pueden recibir autorización previa para hasta 40 viajes de ida y vuelta programados que no sean de emergencia (códigos A0426, A0428 del HCPCS) u 80 transportes de ida en 60 días. Para viajes programados más allá del número autorizado previamente, se requiere una segunda solicitud de autorización previa.
CUÁNDO
A partir del 18 de marzo de 2022, CMS autorizará previamente ciertos transportes en ambulancia repetitivos y programados que no sean de emergencia para fechas de servicio a partir del 1 de abril de 2022 en Florida, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.
DÓNDE
Los suplidores de ambulancias estacionadas en Florida, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE. UU.
POR QUÉ
El propósito del programa de autorización previa es reducir los pagos indebidos, manteniendo o mejorando la calidad de la atención. Está diseñado para garantizar que se cumplan todos los requisitos pertinentes de cobertura, codificación y registros médicos antes de que se preste el servicio al beneficiario y se presente la reclamación para el pago.
CÓMO
Presentar la PAR. Adjunte los registros médicos requeridos. Las notificaciones de decisión de solicitud se emitirán dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción de la presentación. Las notificaciones de decisión que se vuelvan a enviar se emitirán dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción. La notificación contendrá un número de rastreo único (UTN) de 14 dígitos que debe enviarse en el ítem 23 del formulario de reclamación CMS 1500 (02/12) o el equivalente electrónico.
Aviso: Comenzando el 9 de enero de 2025, las notificaciones de decisión sobre las solicitudes se emitirán en un plazo de 7 días calendario. Consulte la Petición de cambio (CR) 13711 PDF externo para obtener detalles completos de este cambio.

Próximos eventos

Visite nuestro Calendario de Eventos Educativos para conocer todas las oportunidades de capacitación disponibles actualmente.
Oportunidades de educación adicional:
Vea estos videos relacionados a servicios de ambulancia:

Documentación

Para cumplir con los criterios de cobertura, el registro médico del paciente debe tener documentación que respalda completamente la necesidad médica para los servicios.
Para obtener más información acerca de requisitos de cobertura y documentación, refiérase a los siguientes recursos (en inglés):

Información de contacto de PA

Número de teléfono de servicio al cliente de autorización previa: 1-855-340-5975
Número de fax: 1-855-815-3065
Dirección de correo postal:
First Coast Service Options, Inc.
JN Prior Authorization
PO Box 3033
Mechanicsburg, PA 17055-1804
Dirección de correo postal urgente:
First Coast Service Options, Inc.
Attention: JN Prior Authorization
2020 Technology Parkway
Suite 100
Mechanicsburg, PA 17050
Vea información adicional en cuanto a las iniciativas generales de autorización previa.
First Coast Service Options (First Coast) se esfuerza por garantizar que la información disponible en nuestro sitio Web del proveedor sea precisa, detallada y actualizada. Sin embargo, este sitio es dinámico y su contenido cambia diariamente. Lo mejor es acceder al sitio Web para asegurarse de contar con la información más actualizada, en lugar de imprimir artículos o formularios que pueden quedar obsoletos sin previo aviso.