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Determinaciones de Cobertura Local (LCDs),

Políticas de Revisión Médica Local (LMRPs),

Boletines/Hojas Informativas,

Memorandos del Programa e Instrucciones de Facturación,

Políticas de Cobertura y Codificación,

Boletines e Información de Integridad del Programa,

Materiales Educacionales/de Capacitación,

Correos especiales,

Tarifas Fijas;

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Aviso Legal de Garantías y Responsabilidades de la AMA

CPT se proporciona "tal cual" sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad e idoneidad para un fin determinado. No se incluyen tarifas fijas, unidades básicas, valores relativos o listados relacionados en CPT. La AMA no ejerce la medicina de forma directa o indirecta ni administra servicios médicos. La responsabilidad por el contenido de este archivo/producto es con CMS y no está respaldado o implícito por parte de la AMA. La AMA no se hace responsable de las consecuencias o responsabilidades atribuibles o relacionadas con el uso, el no uso o la interpretación de la información contenida o no en este archivo/producto. Este acuerdo se dará por terminado con un aviso si usted viola sus términos. La AMA es una tercera parte beneficiaria de este acuerdo.

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El alcance de esta licencia está determinado por la AMA, el titular de los derechos de autor. Cualquier pregunta relacionada con la licencia o el uso de CPT debe dirigirse a la AMA. Los usuarios finales no actúan en nombre o representación de CMS. CMS NIEGA LA RESPONSABILIDAD POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD ATRIBUIBLE AL USUARIO FINAL DEL USO DE CPT. CMS NO SERÁ RESPONSABLE POR NINGUNA DEMANDA ATRIBUIBLE A CUALQUIER ERROR, OMISIÓN U OTRAS INEXACTITUDES EN LA INFORMACIÓN O MATERIAL CONTENIDO EN ESTA PÁGINA. En ningún caso, CMS será responsable por daños directos, indirectos, especiales, incidentales o consecuentes que surjan del uso de tal información o material.

AMA – Derechos del Gobierno de los EE.UU.

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CURRENT DENTAL TERMINOLOGY, (CDT) de ADA

Acuerdo de Usuario Final/Señalar y Hacer Clic: Estos materiales contienen Current Dental Terminology (CDTTM), Copyright © 2022 American Dental Association (ADA). Todos los derechos reservados. CDT es una marca registrada de ADA.

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Last Modified: 3/15/2024 Location: FL, PR, USVI Business: Part A, Part B

Implantación de neuroestimulador espinal

CMS cubre la implantación de estimuladores del sistema nervioso central como terapia para el alivio del dolor crónico intratable.
Un neuroestimulador de columna dorsal (o médula espinal) es la implantación quirúrgica de electrodos de neuroestimulador dentro de la duramadre (endodural) o la inserción percutánea de electrodos en el espacio epidural.
El sistema de neuroestimulador de la médula espinal consta de cuatro componentes: el generador (también conocido como "generador de impulsos"), los cables conductores eléctricos, un control remoto y un cargador de batería.
Parte I: El generador
Un neuroestimulador espinal temporal no incluye la implantación de un generador. Un neuroestimulador espinal permanente incluye la implantación de un generador en el abdomen, el costado o las nalgas. Algunas descripciones también llaman a esto un generador de impulsos implantable (IPG).
Parte II: Los cables conductores eléctricos (y extensiones)
Estos son los "cables" conectados al generador. La extensión son los cables aislados colocados debajo de la piel y los "cables conductores" son los electrodos expuestos colocados en el espacio epidural. Esto generalmente se completa por vía percutánea, pero puede ser a través del acceso quirúrgico donde la columna se abre quirúrgicamente al espacio epidural, generalmente se realiza con una hemilaminectomía.
Parte III: El control remoto
Parte IV: El cargador de batería

Cobertura

Los proveedores que planifican realizar los procedimientos de implantación permanente y de ensayo utilizando el CPT 63650 en el departamento de pacientes ambulatorios (OPD) del hospital solo deberán presentar una Solicitud de Autorización Previa (PAR) para el procedimiento de ensayo. Para evitar la denegación de una reclamación, los proveedores deben colocar el Número de Seguimiento Único (UTN) recibido para el procedimiento de ensayo en la reclamación presentada para el procedimiento de ensayo y de implantación permanente. Cuando se realiza en un entorno que no sea el OPD del hospital, los proveedores deberán enviar una PAR para el CPT 63650, como parte del procedimiento de implantación permanente en el OPD del hospital.

Código
(ii) Neuroestimulador espinal implantado
63650
Implantación percutánea de matriz de electrodos de neuroestimulador, epidural

Requisitos de documentación

Indique si la solicitud es para un ensayo o una colocación permanente
Las notas de la oficina del médico, que incluyen:
La condición que requiere procedimiento
La evaluación física
Los tratamientos probados y fracasados, incluidos, entre otros, los siguientes:
Cirugía de columna
Fisioterapia
Medicamentos
Inyecciones
Terapia psicológica
Documentación de la evaluación psicológica adecuada
Para la colocación permanente, incluya toda la documentación anterior, así como la documentación del alivio del dolor con los electrodos implantados temporales.
Un ensayo exitoso debe estar asociado con una reducción de al menos un 50% del dolor objetivo o una reducción del 50% de los medicamentos analgésicos.

Mejores prácticas/Comentarios sobre la documentación/Consejos

Prueba
El propósito de la prueba de implantación es determinar si un estimulador de médula espinal será eficaz para aliviar el dolor. El generador permanece externo durante una implantación de prueba.
Utilice el código CPT 63650 para la implantación epidural percutánea temporal del conjunto de electrodos del neuroestimulador.
Permanente
Para la implantación permanente, los cables conductores eléctricos avanzan en el espacio epidural hasta un nivel específico deseado. La mayoría de los sistemas de Neuroestimulador Espinal se realizan con un cable conductor bilateral para permitir su colocación en el lado izquierdo y derecho de la columna vertebral.
Utilice el código CPT 63650 para la implantación epidural percutánea permanente del conjunto de electrodos del neuroestimulador. Este es el mismo código que se utiliza para la colocación temporal del cable conductor.
Si coloca un segundo cable conductor, el proveedor facturará 63650 por el primer cable conductor. El segundo cliente potencial se factura utilizando el modificador 59. Utilice 63650-59 para cada electrodo percutáneo adicional colocado. El modificador 50 no se utiliza. Los modificadores RT y LT no se utilizan.
Si NO se retiran el (los) cable(s) conductor(es) temporal(es) cuando se realiza la implantación permanente (es decir, los cables conductores temporales se convierten en un cable conductor permanente), NO hay codificación para el 63650.
Reemplazo
Cuando la batería del generador se agota, se debe reemplazar todo el generador. El diagnóstico para este procedimiento es ICD-10 Z45.49. El reemplazo del generador no requiere la remoción o reemplazo de los cables eléctricos.
Si se selecciona un nivel espinal diferente para el reemplazo del cable, el médico debe facturar CPT 63650 por la implantación del nuevo cable percutáneo.
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