Last Modified: 12/7/2020
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Las reglamentaciones del 42 CFR
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.65 describen los criterios y los procedimientos para determinar si una instalación hospitalaria u organización corresponden al estado basado en proveedores. La norma definitiva del sistema de pagos prospectivos para pacientes hospitalizados (Inpatient Prospective Payment System, IPPS) de Medicare, publicada el 1 de agosto de 2002 (67 CFR 50078), revisó las reglamentaciones que debían aplicarse a partir del 1 de octubre de 2002 para instalaciones hospitalarias u organizaciones que no estuvieran exentas por encontrarse en el estado basado en proveedores y, en el caso de las instalaciones hospitalarias exentas, aplicables para los períodos de informe de costos de proveedores principales que comenzaron a partir del 1 de julio de 2003.
Si un posible proveedor principal pretende obtener una determinación de pertenencia del estado basado en proveedores de una instalación hospitalaria ubicada en el campus principal del posible proveedor principal, el proveedor debe presentar una certificación que contenga la información de identificación que se describe en el párrafo (B)(6) indicado anteriormente y una declaración que su instalación hospitalaria cumple todos los criterios en §413.65(d) Si el posible proveedor principal es un hospital, debe certificar también que su instalación hospitalaria cumplirá las obligaciones de los departamentos ambulatorios de hospitales y entidades basadas en hospitales, según se describe en la Sección propuesta §413.65(g). El proveedor debe mantener documentación de los fundamentos de su certificación y poner dicha documentación a disposición de CMS y de su intermediario fiscal (fiscal intermediary, FI) a petición.
Si la instalación hospitalaria no está ubicada en el campus principal del posible proveedor principal, el proveedor que desea obtener una determinación de pertenencia al estado basado en proveedores debe presentar una certificación que contenga la información descrita en el párrafo B.6 y declarar que su instalación hospitalaria cumple todos los criterios de los párrafos C.1 a C.4 (que corresponden a las reglamentaciones de la Sección §413.65(d)) así como los requisitos adicionales correspondientes a las reglamentaciones de §413.65(e). Si la instalación hospitalaria se opera como empresa conjunta o en virtud de un contrato de administración, el posible proveedor principal también debe certificar el cumplimiento de los requisitos de los párrafos C.6 y D.5 (que corresponden a §§413.65(f) y 413.65(h)), según corresponda. Si el posible proveedor principal es un hospital, el hospital debe certificar también que cumplirá las obligaciones de los departamentos ambulatorios de hospitales y entidades basadas en hospitales descritas en §413.65(g). El proveedor que pretenda obtener dicha determinación debe presentar a los CMS documentación que fundamente sus certificaciones en el momento en que presente su certificación.
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