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Last Modified: 4/8/2025 Location: FL, PR, USVI Business: Part A, Part B

Servicios de telesalud

Los servicios de telesalud se definen como los servicios que un médico o profesional de la salud brinda mediante una tecnología interactiva bidireccional (o telesalud). Los servicios de telesalud sustituyen a las visitas en persona y generalmente implican una tecnología interactiva bidireccional que permite la comunicación entre el profesional de la salud y el paciente.
El folleto de MLN de Telesalud y monitoreo remoto de pacientes PDF externo (en inglés) de CMS se actualizó recientemente para incorporar los requisitos más recientes de Medicare. A continuación, se presenta un resumen de los puntos clave de los servicios de telesalud.

Requisitos tecnológicos

Sistema interactivo de telecomunicaciones significa equipo de comunicaciones multimedia que incluye, como mínimo, equipo de audio y video que permite una comunicación interactiva bidireccional en tiempo real entre el paciente y el médico o practicante del sitio a distancia.
Para la mayoría de los servicios de telesalud no conductual o mental, usted debe utilizar tecnología audio-video bidireccional e interactiva. De conformidad con la Ley de Asignaciones y Extensiones Continuas del Año Completo de 2025, Sección 2207 - Extensión de ciertas flexibilidades de telesalud Sitio Web externo (en inglés), los médicos y profesionales de la salud pueden seguir utilizando tecnología de comunicación bidireccional, en tiempo real, solo de audio para los servicios de telesalud de Medicare proporcionados hasta el 30 de septiembre de 2025.
En el reglamento final del Programa de Tarifas Fijas para Médicos (PFS) del CY 2025 Sitio Web externo (en inglés), CMS modificó permanentemente la definición de "sistema interactivo de telecomunicaciones" para incluir la tecnología de comunicación bidireccional, solo de audio en tiempo real, para cualquier servicio de telesalud prestado a un paciente en su domicilio, siempre que el médico o profesional de la salud que lo proporcione sea técnicamente capaz de utilizar la tecnología de comunicación de audio y video y que el beneficiario no sea capaz o no consienta en utilizarla. La tecnología de solo audio puede utilizarse tanto para pacientes nuevos como para pacientes ya establecidos.
En general, los servicios de telesalud solo con audio se permiten si el beneficiario se encuentra en su domicilio. Todos los demás centros de origen son centros médicos con capacidad para admitir tecnología de comunicación bidireccional de audio y video.
Para telesalud conductual o mental, puede utilizar tecnología bidireccional interactiva de solo audio. El paciente debe estar en su domicilio.

Sitio a distancia

Un sitio a distancia es la ubicación desde la cual un médico o profesional de la salud brinda servicios de telesalud. Hasta el 30 de septiembre de 2025, todos los proveedores que son elegibles para facturar a Medicare por servicios profesionales pueden brindar servicios de telesalud a distancia.
A lo largo del CY 2025, los profesionales de la salud de sitios distantes podrán seguir utilizando su lugar de práctica actualmente inscrito en lugar de su dirección de domicilio cuando brinden servicios de telesalud de Medicare desde su hogar.
Proveedores elegibles
Los siguientes profesionales de la salud en sitios a distancia pueden proporcionar y recibir pago por servicios de telesalud cubiertos:
Profesionales de enfermería (NP)
Asistentes médicos (PA)
Enfermeras matronas clínicas (CNM)
Especialistas en enfermería clínica (CNS)
Enfermeras anestesistas tituladas (CRNA)
Psicólogos clínicos (CP)
Trabajadores sociales clínicos (CSW)
Dietistas diplomados (RD)
Profesionales de la nutrición
Consejeros de salud mental (MHC)
Terapeutas matrimoniales de familia (MFT)
Los siguientes profesionales de la salud en sitios distantes son elegibles para facturar servicios de telesalud hasta el 30 de septiembre de 2025:
Audiólogos
Terapeutas ocupacionales (OT)
Fisioterapeuta (PT)
Patólogo del lenguaje hablado (SLP)
Aviso: Los profesionales que trabajan a distancia pueden estar limitados por el alcance de práctica estatal.

Sitio de origen

Un sitio de origen es el lugar donde se encuentra un paciente mientras recibe servicios médicos de un médico o profesional de la salud a través de la telesalud.
Hasta el 30 de septiembre de 2025, todos los pacientes pueden recibir telesalud dondequiera que se encuentren. No necesitan estar en un lugar de origen designado y no hay restricciones geográficas.
Para las fechas de servicios en y después del 1 de octubre de 2025:
Telesalud no conductual o mental -- Existen requisitos de lugar de origen y restricciones de ubicación geográfica.
Telesalud conductual o mental -- Todos los pacientes pueden seguir recibiendo telesalud dondequiera que se encuentren, sin requisitos de lugar de origen ni restricción de ubicación geográfica.
El hogar del paciente es un lugar de origen permisible para servicios provistos para diagnóstico, evaluación, o tratamiento de:
Trastornos de salud mental
Trastorno por abuso de sustancias
Evaluación clínica mensual relacionada con la ESRD
El código Q3014 del HCPCS describe la tarifa del centro de sitios de origen de telesalud de Medicare. El monto de la tarifa de centro de sitio de origen de Medicare para el CY 2024 es de $31.01.
Una tarifa de centro de origen solo se puede facturar cuando el paciente se encuentra en un centro de atención médica que recibe telesalud. Medicare realiza el pago al profesional de la salud del centro remoto por los servicios profesionales.
Aviso: Si el paciente se encuentra dentro de un hospital y recibe una visita clínica ambulatoria hospitalaria (incluida una visita de salud mental o conductual), de un profesional de la salud ubicado en la misma ubicación física, el hospital facturaría la visita clínica (código G0463 del HCPCS).

Metodología de pago y facturación para el sitio de origen

Sitio de origen
Metodología de pago
Tipo de factura
Código de ingresos
Hospital para pacientes ambulatorios – incluye hospitales rurales de emergencia (REHs)
Fuera del Sistema de pago prospectivo para pacientes ambulatorios (OPPS)
13X
078X
Hospital para pacientes internados
Fuera de los códigos de Grupos relacionados por diagnóstico (DRGs)
12X
078X
Hospital de acceso crítico (CAH)
Separado de los basados en costos (80% o la tarifa de centro de sitio de origen)
12X
078X
Centro de salud federalmente cualificado (FQHC) o Centro de salud rural (RHC)
Separado del Sistema de pago prospectivo (PPS) o de la Tasa de “todo incluido” (AIR)
77X o 71X
078X
Centro de diálisis renal basado en un hospital o CAH
Además del PPS de ESRD o del pago mensual por capitación
72X
078X
Centro de enfermería especializada (SNF)
Fuera del PPS de SNF (no está sujeto a la facturación consolidada)
22X o 23X
78X
Centro comunitario de salud mental (CHMC)
No es un servicio de hospitalización parcial (ni se utiliza para determinar el pago de la hospitalización parcial). No se incluye en los viáticos
76X
078X
Para consultorios médicos y profesionales, el único lugar de pago para el centro de origen es el consultorio, lugar de servicio (POS) 11, y la cantidad del pago es el menor entre el 80% del cargo real y el 80% de la tarifa de la instalación del centro de origen, independientemente de la ubicación geográfica.
Un centro de origen puede incluir el domicilio de una persona para ciertos fines relacionados con la enfermedad renal en etapa terminal (ESRD), los trastornos por consumo de sustancias (SUD) y la salud mental, o una unidad móvil de accidentes cerebrovasculares.

Codificación y facturación de servicios de telesalud

Un listado de los Servicios de Telesalud de Medicare Sitio Web externo (en inglés) está disponible en el sitio web de CMS.
Existen tres categorías de acción finalizadas:
Mantener:
Provisional - los servicios enumerados tendrán mejoras en las políticas de telesalud según ciertas disposiciones.
Permanente - permanecerán en la lista de telesalud.
Añadir:
Nuevos servicios añadidos que son provisionales o permanentes.
Eliminar:
Códigos han sido eliminados.
Modificadores
Los modificadores de telesalud se deben presentar con servicios de telesalud de sitio a distancia. Generalmente, se deben utilizar comunicaciones de audio y video interactivas para permitir la comunicación en tiempo real entre el médico o profesional de la salud en el sitio a distancia y el paciente. El paciente debe estar presente y participando en la visita de telesalud.

Modificador
Descripción
Notas adicionales
93
Modificador de telesalud se define como "servicio de telemedicina sincrónica prestado a través del teléfono u otro sistema interactivo de telecomunicaciones de solo audio en tiempo real".
El modificador 93 se utiliza para comunicación solo por audio:
Permitido para pacientes que residen en su domicilio si el paciente no cuenta con:
Capacidad técnica
Disponibilidad de tecnología interactiva de audio y video en tiempo real
Permitido para pacientes que residen en su domicilio si el paciente no cuenta con:
Consentimiento para el uso de tecnología bidireccional de audio/video
Los Programas de Tratamiento de Opioides (OTPs) informan sobre las reclamaciones por actividades de admisión, evaluaciones periódicas, asesoramiento y terapia proporcionadas con tecnología solo de audio:
Los RHC y FQHC pueden informar el modificador 93 o el FQ para los servicios proporcionados con tecnología solo de audio.
95
Modificador de telesalud definido como servicio de telemedicina sincrónica prestado a través de un sistema interactivo de telecomunicaciones de audio y video en tiempo real.
Para la facturación institucional, utilice el modificador 95 para las fechas de servicio a partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025, cuando:
El profesional clínico se encuentre en el hospital y el paciente en su domicilio
Terapia ambulatoria proporcionada por telesalud por fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales o patólogos del habla y el lenguaje empleados por hospitales.
Los OTP informan sobre las reclamaciones por actividades de admisión, evaluaciones periódicas, consejería y terapia proporcionadas para tecnología de solo audio:
FQ
Este servicio fue prestado utilizando tecnología de comunicación de solo audio.
Este modificador solo se utiliza por RHCs y FQHs.
G0 (cero)
Servicios de telesalud prestados con fines de diagnóstico, evaluación o tratamiento de los síntomas de un accidente cerebrovascular agudo.
Válido para:
Códigos de telesalud de sitio a distancia facturado con el código 02 de lugar de servicio (POS); o
CAH método II (códigos de ingresos 096X, 097X, o 098X); o
Tarifa de centro de sitio de origen de telesalud, facturado con el código Q3014 del HCPCS.
GQ
Servicios de telesalud realizados mediante un sistema asíncrono de telecomunicaciones.
Certificar la recopilación y transmisión del expediente médico asincrónico en el sitio distante de una demostración de telemedicina federal realizada en Alaska o Hawái
GT
Servicio de telesalud mediante sistemas interactivos de telecomunicación por audio y video. *
*Solamente permitido en reclamaciones institucionales facturadas por proveedores de CAH de método II.

Lugar de servicio (POS)

Informe los siguientes POS como adecuados para servicios de telesalud para indicar donde estaba ubicado el paciente cuando recibió los servicios de telesalud:
POS 02 -- Telesalud proporcionada en un lugar distinto al domicilio del paciente
Descriptor: Lugar donde se prestan o reciben servicios de salud y relacionados con la salud mediante tecnología de telecomunicaciones. El paciente no se encuentra en su domicilio cuando recibe servicios de salud o relacionados con la salud a través de tecnología de telecomunicaciones.
Los servicios se reembolsan a la tarifa del centro.
POS 10 -- Telesalud proporcionada en el domicilio del paciente
Descriptor: Lugar donde se prestan o reciben servicios de salud y relacionados con la salud a través de tecnología de telecomunicaciones. El paciente se encuentra en su domicilio (un lugar distinto a un hospital u otro centro donde recibe atención en una residencia privada) cuando recibe servicios de salud o relacionados con la salud a través de tecnología de telecomunicaciones.
Los servicios de telesalud provistos a pacientes en el hogar serán reembolsados según la tarifa PFS sin centro.

Servicios de terapia médica nutricional (MNT) y DSMT, terapia ambulatoria

La Ley de Asignaciones y Prórrogas Continuas de Año Completo de 2025 extendió la ampliación de los tipos de profesionales elegibles para prestar servicios de telesalud de Medicare hasta el 30 de septiembre de 2025, lo que permite a los fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y logopedas continuar prestando servicios de telesalud hasta esa fecha. CMS sigue armonizando los requisitos de pago de los servicios prestados a distancia por el personal hospitalario a los beneficiarios en sus hogares, incluyendo los servicios de terapia ambulatoria, DSMT y MNT, con los requisitos de los servicios de telesalud de Medicare. Por lo tanto, hasta el 30 de septiembre de 2025, los hospitales pueden seguir facturando estos servicios cuando el personal hospitalario los preste a distancia a los beneficiarios en sus hogares.

Médicos docentes

Los médicos docentes pueden tener presencia virtual al facturar servicios prestados a residentes en todos los entornos docentes, pero solo en situaciones clínicas donde el servicio se preste virtualmente (por ejemplo, una consulta de telesalud tripartita con el paciente, el residente y el médico docente en ubicaciones separadas) hasta el 31 de diciembre de 2025. Consentimiento para la gestión de la atención y los servicios de comunicación virtual.
CMS requiere el consentimiento del paciente para todos los servicios, incluidos los no presenciales. Los proveedores pueden obtener el consentimiento del paciente al mismo tiempo que prestan los servicios inicialmente. No se requiere supervisión directa para obtener el consentimiento.
En general, el personal auxiliar bajo la supervisión general del profesional de facturación puede obtener el consentimiento del paciente para estos servicios. La persona que obtiene el consentimiento puede ser un empleado, un contratista independiente o un empleado contratado por el profesional de facturación.

Atención hospitalaria aguda en el hogar

La Iniciativa de Atención Hospitalaria Aguda en el Hogar (AHCaH) Sitio Web externo (en inglés) es una flexibilidad que permite a los hospitales ampliar su capacidad para prestar atención hospitalaria en el hogar de una persona, implementada por CMS durante la PHE por COVID-19. Esto se basa en gran medida en la telesalud para que los hospitales proporcionen servicios de hospitalización, incluidos los servicios de rutina, fuera del hospital.
De acuerdo con la Ley de Asignaciones y Prórrogas Continuas de Año Completo de 2025, la iniciativa AHCaH se ha extendido hasta el 30 de septiembre de 2025. Para todos los hospitales con exenciones activas de AHCAH, todos los pacientes internados deben ser dados de alta o regresar al hospital el 30 de septiembre de 2025, en ausencia de una acción del Congreso para extender la iniciativa.
CMS ya no aceptará solicitudes de exenciones para participar en la iniciativa AHCAH después del 1 de septiembre de 2025.

RHCs y FQHCs

Los FQHC y RHC independientes y basados en el proveedor facturan a su MAC de la Parte A utilizando el tipo de factura de FQHC y RHC y número de proveedor.
Informe el código de ingresos 078X cuando facture por la tasa de centro en el lugar de origen tanto para FQHCs y RHCs.
Puede encontrar información adicional acerca de la facturación de un sitio a distancia para FQHCs y RHCs en los siguientes recursos (enlaces en inglés):

Referencias

(enlaces en inglés)
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