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LICENCIA DE USO DE "CURRENT PROCEDURAL TERMINOLOGY DE MÉDICOS" (CPT), CUARTA EDICIÓN
Acuerdo de Usuario Final/Señalar y Hacer Clic: los códigos CPT, las descripciones y otros datos solo están protegidos por los derechos de autor de 2022 de la American Medical Association (AMA). Todos los derechos reservados (y otra fecha de publicación de CPT). CPT es una marca registrada de la AMA.

Usted, sus empleados y agentes están autorizados a utilizar CPT solamente como figura en los siguientes materiales autorizados:

Determinaciones de Cobertura Local (LCDs),

Políticas de Revisión Médica Local (LMRPs),

Boletines/Hojas Informativas,

Memorandos del Programa e Instrucciones de Facturación,

Políticas de Cobertura y Codificación,

Boletines e Información de Integridad del Programa,

Materiales Educacionales/de Capacitación,

Correos especiales,

Tarifas Fijas;

internamente dentro de su organización dentro de los Estados Unidos para su propio uso, el de sus empleados y agentes. El uso está limitado al uso en Medicare, Medicaid u otros programas administrados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS), anteriormente conocido como Administración de Financiamiento de Cuidado de la Salud (HCFA, Health Care Financing Administration). Usted acepta tomar todas las medidas necesarias para asegurarse que sus empleados y agentes cumplan con los términos de este acuerdo. Cualquier uso no autorizado en este documento está prohibido, incluyendo a manera de ilustración y no a manera de limitación, haciendo copias de CPT para la reventa y/o licencia, transfiriendo copias de CPT a cualquier parte que no esté atada por este acuerdo, creando cualquier trabajo modificado o derivado de CPT, o hacer cualquier uso comercial de CPT. La licencia para utilizar CPT para cualquier uso no autorizado aquí debe obtenerse a través de la AMA, CPT Intellectual Property Services, 515 N. State Street, Chicago, IL 60610. Las aplicaciones están disponibles (en inglés) en el sitio web de AMA. Las restricciones aplicables de FARS/DFARS se aplican al uso del gobierno.

Aviso Legal de Garantías y Responsabilidades de la AMA

CPT se proporciona "tal cual" sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad e idoneidad para un fin determinado. No se incluyen tarifas fijas, unidades básicas, valores relativos o listados relacionados en CPT. La AMA no ejerce la medicina de forma directa o indirecta ni administra servicios médicos. La responsabilidad por el contenido de este archivo/producto es con CMS y no está respaldado o implícito por parte de la AMA. La AMA no se hace responsable de las consecuencias o responsabilidades atribuibles o relacionadas con el uso, el no uso o la interpretación de la información contenida o no en este archivo/producto. Este acuerdo se dará por terminado con un aviso si usted viola sus términos. La AMA es una tercera parte beneficiaria de este acuerdo.

Aviso Legal de CMS

El alcance de esta licencia está determinado por la AMA, el titular de los derechos de autor. Cualquier pregunta relacionada con la licencia o el uso de CPT debe dirigirse a la AMA. Los usuarios finales no actúan en nombre o representación de CMS. CMS NIEGA LA RESPONSABILIDAD POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD ATRIBUIBLE AL USUARIO FINAL DEL USO DE CPT. CMS NO SERÁ RESPONSABLE POR NINGUNA DEMANDA ATRIBUIBLE A CUALQUIER ERROR, OMISIÓN U OTRAS INEXACTITUDES EN LA INFORMACIÓN O MATERIAL CONTENIDO EN ESTA PÁGINA. En ningún caso, CMS será responsable por daños directos, indirectos, especiales, incidentales o consecuentes que surjan del uso de tal información o material.

AMA – Derechos del Gobierno de los EE.UU.

Este producto incluye CPT, que es información técnica comercial y/o bases de datos informáticas y/o software informático comercial y/o documentación de software comercial, según corresponda, desarrollada exclusivamente a costo privado por la American Medical Association, 515 North State Street, Chicago, Illinois, 60610. Los derechos del gobierno de EE. UU. para utilizar, modificar, reproducir, publicar, presentar, exhibir o divulgar esta información técnica y/o bases de datos informáticas y/o software informático y/o documentación de software informático están sujetos a restricciones de derechos limitadas de DFARS 252.227-7015 (b) (2) (junio de 1995) y/o sujeto a las restricciones de DFARS 227.7202-1 (a) (junio de 1995) y DFARS 227.7202-3 (a) (junio de 1995), según corresponda para las adquisiciones del Departamento de Defensa de EE.UU. y restricciones de derechos limitadas de FAR 52.227-14 (junio de 1987) y/o sujeto a las disposiciones de derechos restringidos de FAR 52.227-14 (junio de 1987) y FAR 52.227-19 (junio de 1987), según corresponda, y cualquier agencia aplicable de suplementos de FAR, para adquisiciones no realizadas por el Departamento Federal.

CURRENT DENTAL TERMINOLOGY, (CDT) de ADA

Acuerdo de Usuario Final/Señalar y Hacer Clic: Estos materiales contienen Current Dental Terminology (CDTTM), Copyright © 2022 American Dental Association (ADA). Todos los derechos reservados. CDT es una marca registrada de ADA.

LA LICENCIA CONCEDIDA EN ESTE ACUERDO ESTÁ EXPRESAMENTE CONDICIONADA AL ACEPTAR TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTENIDOS EN ESTE ACUERDO. AL HACER CLIC EN EL BOTÓN ETIQUETADO "ACEPTAR", USTED RECONOCE QUE HA LEÍDO, COMPRENDIDO Y ACEPTADO TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN ESTE ACUERDO.

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SI USTED ACTÚA EN NOMBRE DE UNA ORGANIZACIÓN, DECLARA QUE ESTÁ AUTORIZADO PARA ACTUAR EN NOMBRE DE DICHA ORGANIZACIÓN Y QUE SU ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO CREA UNA OBLIGACIÓN LEGALMENTE IMPONIBLE DE LA ORGANIZACIÓN. SEGÚN SE UTILIZA AQUÍ, "USTED" Y "SU" SE REFIEREN A USTED Y A CUALQUIER ORGANIZACIÓN EN NOMBRE DE LA QUE ACTúA.

Sujeto a los términos y condiciones contenidos en este Acuerdo, usted, sus empleados y agentes están autorizados a utilizar CDT solamente según se contiene en los siguientes materiales autorizados y expresamente para uso interno por usted mismo, sus empleados y agentes dentro de su organización dentro de los Estados Unidos y sus territorios. El uso de CDT está limitado a uso en programas administrados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). Usted está de acuerdo en tomar todos los pasos necesarios para asegurar que sus empleados o agentes se atengan a los términos de este acuerdo. Usted reconoce que la ADA tiene todos los derechos de autor, marcas y otros derechos en CDT. Usted no eliminará, alterará, u ocultará ninguna notificación de derechos de autor de ADA u otras notificaciones de derechos de propiedad incluidas en los materiales.

Cualquier uso no autorizado en este documento está prohibido, incluyendo a manera de ilustración y no a manera de limitación, haciendo copias de CDT para la reventa y/o licencia, transfiriendo copias de CDT a cualquier parte que no esté atada por este acuerdo, creando algún trabajo modificado o derivado de CDT, o haciendo uso comercial de CDT. La licencia para utilizar CDT para cualquier uso no autorizado aquí debe ser obtenido a través del American Dental Association, 211 East Chicago Avenue, Chicago, IL 60611. Las aplicaciones están disponibles (en inglés) en el sitio web de ADA

Cláusulas Aplicables de Regulación de Adquisición Federal (FARS)\Departamento de restricciones aplica a uso Gubernamental.

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Last Modified: 4/11/2025 Location: FL, PR, USVI Business: Part A, Part B

Requisitos de necesidad médica para admisiones en centros de enfermería especializada (SNF)

Responder afirmativamente a las siguientes preguntas puede ayudar a garantizar que la admisión en un centro de enfermería especializada (SNF) cumpla con los requisitos de necesidad médica. Estos criterios son necesarios para cumplir con las directrices de Medicare para una estadía cubierta por SNF y la necesidad médica. Responder negativamente a cualquiera de las preguntas no cumpliría con estas directrices y provocaría la denegación de una reclamación.

Pregunta
Explicación
¿Está el paciente inscrito en Medicare Parte A?
Beneficiarios deben tener:
Medicare Parte A para cubrir las reclamaciones de pacientes hospitalizados.
Medicare Parte B para cubrir las reclamaciones de pacientes ambulatorios
El personal de registro/admisión debe verificar los días de derecho y beneficio antes de la presentación de la reclamación:
Verificar elegibilidad utilizando herramientas de auto servicio:
Secure Provider Online Tool (SPOT)
Sistema de transacción de elegibilidad HIPAA (HETS): (en inglés)
Número limitado de días por periodo de beneficio:
Comienza cuando el paciente es admitido en un hospital cualificado o SNF como paciente hospitalizado después de la fecha de elegibilidad de Medicare.
Termina 60 días después de la fecha de alta del hospital cualificado o SNF cuando el paciente:
Centro gratuito por 60 días
No hay cuidado especializado por 60 días consecutivos
No está sujeto al año calendario.
Los días de beneficios no se pueden transferir de un período de beneficios al siguiente si no se utilizan
¿Tiene el paciente una estadía de hospital cualificada de tres días?
Tres días consecutivos en uno o más hospitales:
Solo el día de ingreso, no el día del alta, cuenta como día de hospitalización.
El tiempo pasado en observación o en la sala de emergencias antes del ingreso no cuenta
Aplica exención en ciertas situaciones:
Emergencia de Salud Pública Oficial
Inscripción al plan Medicare Advantage
SNF afiliado con organización de cuidado responsable de Programa de ahorro compartido (SSP) Sitio Web externo (en inglés)
Traslado a un centro de enfermería especializada certificado por Medicare dentro de los 30 días posteriores al alta de QHS.
Reingreso al centro de enfermería especializada dentro de los 30 días posteriores al alta del centro de enfermería especializada.
Si se supera el período de 30 días, se necesita un nuevo QHS para acceder al mismo período de enfermedad.
Si no está cualificado durante 60 días consecutivos, se necesita un nuevo QHS para acceder al nuevo período de beneficios:
Recibirá un nuevo conjunto de 100 días
¿Tiene el paciente una transferencia de 30 días desde la estadía en hospital cualificada después del alta?
Traslado a un SNF certificado por Medicare dentro de los 30 días posteriores al alta del servicio de salud de calidad QHS
Reingreso al centro de enfermería especializada dentro de los 30 días posteriores al alta del SNF
Si después de 30 días se requiere un nuevo QHS para acceder al mismo período de enfermedad
Excepción si se cumplen ambas condiciones:
La condición del paciente hace que sea médicamente inapropiado comenzar el tratamiento activo en un SNF inmediatamente después del alta.
Es médicamente predecible, al momento del alta hospitalaria, que el paciente necesitará atención cubierta en un SNF dentro de un período predeterminado (generalmente no más de 30 días), y cumple con esa predicción
¿Tiene el paciente días de beneficios de SNF disponibles?
100 días de hospitalización en un SNF por período de beneficio:
Días 1-20: Días completos:
Medicare paga los servicios médicamente necesarios
Días 21-100: Días de coaseguro:
El seguro complementario/beneficiario paga la tarifa diaria.
Medicare paga el resto
Días 101 y más allá: Beneficios agotados:
No se realizó ningún pago de Medicare
¿Está el paciente siendo transferido a un SNF certificado por Medicare?
Un centro de enfermería especializada significa una institución (o una parte distinta de una institución) que se dedica principalmente a brindar atención a los residentes:
Cuidado de enfermería especializada y servicios relacionados para residentes que requieren atención médica o de enfermería.
Servicios de rehabilitación para personas lesionadas, discapacitadas o enfermas.
No se destina principalmente al cuidado y el tratamiento de enfermedades mentales.
El centro de enfermería especializada debe cumplir con los requisitos descritos en la Ley de seguro social 1819 Sitio Web externo (en inglés)
¿Requerirá el paciente cuidado de enfermería especializada siete días a la semana o servicios de terapia especializada al menos cinco días a la semana para una condición que cualifica?
Cuidado en un SNF está cubierto si se cumple con todos los siguientes factores:
El paciente requiere servicios de enfermería especializada o servicios de rehabilitación especializada:
Los servicios deben ser realizados por o bajo la supervisión de personal profesional o técnico.
Son ordenados por un médico.
Se prestan para una afección por la cual el paciente recibió servicios de hospitalización o para una condición que surgió mientras recibía cuidado en un centro de enfermería especializada (SNF) por una afección por la cual recibió servicios de hospitalización.
Paciente requiere servicios especializados a diario:
Servicios especializados a diario solo pueden ser provistos como paciente hospitalizado
Los servicios prestados son razonables y necesarios para el tratamiento de la enfermedad o lesión del paciente.
Los servicios deben ser razonables en términos de duración y cantidad
Si no se cumple alguno de estos factores, una estadía en un SNF, aunque pueda incluir la prestación de algunos servicios especializados, no está cubierta.
¿Existe alguna orden de un médico o de un profesional de la salud?
Evaluación médica de admisión con órdenes que especifiquen la necesidad de cuidado diario en un SNF
Debe incluir firma y fecha
Recursos (en inglés)
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