Last Modified: 11/9/2009
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P. ¿Debe el médico facturar la fecha y la hora en el registro médico, o basta con la documentación de la enfermera para verificar ambas?
R. Con respecto a los requisitos de documentación de parte del médico que está facturando por cuidados de observación, el manual exclusivo de Internet dice que:
Para que un médico pueda facturar los códigos de observación iniciales debe haber un registro de observación médica del paciente, que contenga fecha y hora de las órdenes de admisión dadas por el médico con respecto a los cuidados que debe recibir el paciente durante el periodo de observación, notas de la enfermera y anotaciones de progreso preparadas por el médico mientras el paciente esté en estatus de observación.
Fuente: CMS Internet-only Manual (IOM), Publication 100-04 Medicare Claims Processing Manual, Chapter 12, Section 30.6.8